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Referencia: ON240783
  • Tipo:
  • Operación Venta
  • Localización Municipio: Gironella
  • Localización Población:Gironella
  • Metros construidos Metros: 73m2
  • Año de construcción Año de construcción: 2008

Características

  • Vistas destacadas: no
  • Vistas al mar: no
  • Aire acondicionado: no
  • Gastos comunidad: 0
  • Estado: Disponible
  • Certificado energético: EN TRAMITE
  • Consumo energético:
  • Certificado emisiones: EN TRAMITE

Detalles

Inmueble sin posesión. No se pueden realizar visitas ni financiar la compra de este inmueble.

Presentamos dos locales de 56m2 y 58 m2 según catastro, en la localidad de Gironella. 

Están ubicadas en una zona bien comunicada, lo que permite tener acceso fácil y rápido a todo tipo de servicios y comodidades.

¡Esperamos su llamada!

Esta propiedad se ofrece con la garantía de ONREALE Real Estate Services que le acompañará en todo el proceso de compra, la negociación de precios y extras, búsqueda de financiación y profesionales para las reformas que su nueva vivienda pueda necesitar. ONREALE Real Estate Services, le ofrece también Servicios Jurídicos, como Testamentos, Herencias, Donaciones, Procesos judiciales, Impagados, Administración, Separaciones y Divorcios.

Impuestos y gastos de escrituración no incluidos en el precio.

Si quieres vender tu piso, puedes contactarnos, estaremos encantados de ayudarte, valoración gratuita de tu inmueble.

En Catalunya, las viviendas adquiridas a través de una ejecución hipotecaria o mediante la compensación o pago de una deuda con garantía hipotecaria, y que hayan sido compradas después de la entrada en vigor de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda, están sujetas al derecho de Tanteo y Retracto por parte de la Administración de la Generalitat. Este derecho otorga a la Generalitat la prioridad en la compra de dichas viviendas, por encima de cualquier otro interesado. Esto implica la obligación de notificar a la Agència de l'Habitatge de Catalunya sobre la venta del inmueble, disponiendo esta de un plazo de 60 días para responder, considerándose negativa la respuesta si no se pronuncia en ese periodo. Como resultado, se añaden dos meses al plazo habitual para escriturar una vivienda.